La norma española de las instalaciones eléctricas de baja tensión, en la página del BOE consultada, es el Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002. El estado que figura en esa ficha es «Entrada en vigor: 18/09/2003». La misma página dice que el texto original está en vigor a partir del 18/09/2003 y habla de acceso al Derecho vigente. No lo llama borrador.
El texto consolidado consultado indica que la última actualización se publicó el 03/09/2025 y aclara que esa consolidación es informativa y no tiene valor jurídico. El reglamento se aplica a instalaciones de corriente alterna igual o inferior a 1.000 voltios y de corriente continua igual o inferior a 1.500 voltios. Las secciones se escriben en mm² y las longitudes en milímetros, no en AWG ni en pies.
Esta página es la versión para España. No copia un examen de Texas ni inventa tasas ni precios. La fuente es la ficha consolidada del Boletín Oficial del Estado.
Fuente: BOE-A-2002-18099, Reglamento electrotécnico para baja tensión.
